Friday, July 04, 2014

El Fraude de Baninter y la Manipulación de las Acciones de las Tiendas Duty Free

1. Antecedentes

Me parece pertinente hacer, antes de entrar de lleno en el tema objeto de esta exposición, un recuento histórico de mis actividades profesionales en el período previo a mi participación, como funcionario del Grupo Intercontinental, en todo lo relacionado con los negocios de ese Grupo, incluyendo la red de tiendas libres de impuestos en los aeropuertos dominicanos.

Mi historia de trabajo es bien simple: dediqué mi vida productiva a lograr que los empresarios que me contrataron hicieran mucho dinero.

El hecho de haber ingresado al Banco Central en noviembre de 1963, cuando apenas había cumplido los 16 años de edad y justo cuando estaba terminando mi último año de bachillerato en tanda nocturna, fue para mí una bendición de Dios, pues los 17 años que permanecí en el Banco fueron los mejores de mi existencia. Lo que soy hoy, mi disciplina y muchos de mis principios y valores de trabajo, de vida y trato con los demás es, en gran medida, el resultado de haber prestado servicios en esa prestigiosa institución.

Aun cuando comencé desempeñando un puesto de Mecanógrafo en el Departamento de Cambio Extranjero, tres años después, a los 19 años, ya había ascendido a Sub-Contador del Departamento de Contabilidad, acumulando en esos tres años previos experiencias valiosas en organización y métodos, análisis y evaluación de puestos, manejo de la cartera de títulos e inversiones del Banco, dirigir la conciliación de la cámara de cuentas, trabajar en una parte del Boletín Mensual que publicaba el Banco y programar la sección de las informaciones contables para el sistema 360-20 de IBM (entonces la computadora más moderna), entre otros muchos valiosos conocimientos. Trabajar dos veces con misiones del Banco de México y una vez con la firma consultora mexicana Hay & Asociados fueron grandes experiencias para mí.

Luego de graduarme de Economista en la Universidad Autónoma de Santo Domingo, en 1970, el Banco me concedió becas para estudiar inglés en el English Language Institute de la Universidad de Michigan, realizar un programa intensivo de Economía en el Economics Institute de la Universidad de Colorado y completar en dos años los estudios de Maestría en Economía en la Universidad de Pittsburgh y de candidatura al Doctorado, quedando pendiente la presentación de la disertación final, la cual, finalmente, no pude escribir ni defender debido a la carga de trabajo que asumí tan pronto regresé de los Estados Unidos, en mi nueva posición de Director del Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados (CIEA), entidad que había establecido el Banco Central antes de mi regreso al país. Unos meses después, el CIEA fue integrado al recién creado Instituto Dominicano de Tecnología Industrial (INDOTEC), del cual pasé a ser Sub-Director.

En el INDOTEC pude desarrollar un amplio programa de capacitación y adiestramiento bajo un acuerdo con el Centro Nacional de Productividad, de México, lo cual significó la celebración semanal de cursos intensivos en las áreas agropecuaria y agroindustrial, dirigidos a técnicos de empresas y entidades públicas vinculadas a esos campos, así como cursos, seminarios y conferencias bajo acuerdos con universidades, centros especializados y otras instituciones de América Latina, Estados Unidos y Canadá. De igual manera, me tocó el privilegio de crear, dentro del INDOTEC, el Centro de Información Científica y Tecnológica a la Industria (CENICIT), con el apoyo financiero y técnico de la Organización de Estados Americanos (OEA), como parte de una red de centros similares en Europa, Estados Unidos, Latinoamérica y el Caribe. Fui designado por la OEA como Coordinador Nacional de su Programa en esa área en la República Dominicana. Esta actividad me llevó a efectuar múltiples viajes por los países de América Latina, Europa, Estados Unidos y Canadá.

Durante mi permanencia en INDOTEC escribí mi primer libro sobre “Análisis y Evaluación de la Situación Actual de los Sectores Agropecuario e Industrial de la República Dominicana”, el cual se utilizó como base para la celebración de un Seminario sobre Desarrollo Agroindustrial en la República Dominicana celebrado en dicha institución, conjuntamente con la Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos, en octubre de 1976.

En ese mismo año, 1976, tuve la satisfacción de comenzar a impartir docencia a los estudiantes de último año de economía en el Departamento de Economía de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU), labor que siempre deseé realizar para compartir una parte de mis conocimientos, en este caso Economía y Finanzas Internacionales, con estudiantes de término.

Quizás con poca modestia, puedo afirmar que las únicas áreas que trabajaban a tiempo completo dentro del INDOTEC eran los laboratorios y los departamentos que yo dirigía. Nunca estuve de acuerdo con la forma casi subrepticia con la cual nació y operó el INDOTEC, sin acuerdos específicos con universidades y asociaciones empresariales y entidades del sector público. Así lo manifesté cuando pude a las autoridades del Banco. Mi deseo era hacer carrera en el Banco Central, no en INDOTEC, donde sentía que la inversión que había hecho el Banco en mí se estaba perdiendo. A eso se debe que, antes de mi renuncia, escribiera un ensayo de 63 páginas sobre “Filosofía y Prioridades Institucionales del INDOTEC”, el cual entregué a la Gobernación en abril de 1979. Ese documento recogía mis opiniones sobre el INDOTEC y las medidas que, a mi juicio, el Banco debía adoptar con respecto a esa dependencia para que su impacto en el sector industrial fuese significativo, como era la intención original.

En septiembre de 1980, ante la imposibilidad manifiesta, a pesar de mis reiterados esfuerzos, de ser trasladado a una posición en el Banco Central que estuviera de acuerdo con mis conocimientos de economía, acepté una de las ofertas de trabajo que me habían hecho. Pasé a ocupar la posición de Gerente General de la Reaseguradora Nacional (RENASA), una afiliada de la Compañía Nacional de Seguros, propiedad de la familia Pellerano Romano. Para esos fines fui entrenado durante seis meses en todo lo concerniente a seguros generales y de vida por un experto de la Suiza de Reaseguros que se encontraba como Consultor en esa empresa. Concluido ese período, fui enviado por seis meses más a distintas empresas reaseguradoras de Suiza, Inglaterra, Alemania, Bélgica y España para especializarme en reaseguros, antes de regresar a la compañía para asumir mis responsabilidades.

Una vez de regreso al país y durante el desempeño de mis responsabilidades con RENASA, me di cuenta de que se avecinaban cambios significativos en el sistema financiero. A eso se debió que poco tiempo después sugiriera a los Pellerano (Don Máximo y Arturo) que se iniciaran gestiones para establecer un banco comercial y colocar las empresas del grupo (incluyendo un banco de desarrollo que ya existía) bajo la sombrilla de un consorcio financiero. La sugerencia fue analizada ampliamente en una reunión de ejecutivos en Casa de Campo y aceptada por todos. Se me encargó realizar todas las gestiones y trabajos pertinentes con ese propósito. Fue una experiencia extraordinaria para mí. De ahí surgieron el Banco Nacional de Crédito (Bancrédito) y el Grupo Financiero Nacional, y de este último pasé a formar parte como Director de Economía y Planificación.

Fue un período muy productivo, no sólo en cuanto a mi trabajo se refiere, sino también a mi producción intelectual, pues escribí numerosos artículos, participé en muchos eventos profesionales, di conferencias y charlas, acepté entrevistas por televisión y mantuve un breve espacio radial mediante el cual hablaba cinco minutos sobre asuntos económicos. El Grupo Financiero Nacional auspició y financió la publicación de mi ensayo “Política Económica Dominicana y sus Perspectivas”, en octubre de 1982. Preparar el informe anual del grupo y sus empresas fue otro gran reto y una importante contribución a mi formación como profesional vinculado al mundo financiero.

Ante otra oferta demasiado atractiva para ser rechazada, acepté, en abril de 1984, ir a ocupar la Vice-Presidencia de Desarrollo del Grupo Financiero BHD, con la misión de formar un banco comercial que eventualmente se fusionara con el Banco Hipotecario Dominicano y así crear una sola entidad financiera bajo el nombre Banco BHD. Me correspondió, además, reorganizar el Grupo, sobre todo en lo concerniente a las acciones en circulación y el área de cómputos, y preparar, en una lucha contra el reloj, la primera Memoria Anual Corporativa que sería sometida a la consideración de la Asamblea de Accionistas en marzo de 1985.

Continué con mi actividad profesional escribiendo artículos, asistiendo a programas de televisión y puse en circulación mi segundo libro “El Sector Privado y la Economía Dominicana”, a principios de mayo de 1985.

Por razones que no procede exponer aquí, renuncié a mi posición en ese mes de mayo de 1985 y hasta septiembre de ese año serví como Consultor a un banco de desarrollo, a una asociación empresarial y a una institución de tecnología, además de preparar el manual de procedimientos para una entidad financiera. A pesar de había decidido suspender la producción de artículos en periódicos y revistas, para ese entonces ya había terminado mi libro sobre “El Sector Financiero y la Economía Dominicana”, el cual no pude publicar por por razones ajenas a mi voluntad y que me hicieron desistir de ello.

Fue precisamente en septiembre de 1985 cuando el señor Ramón Báez Figueroa (Ramoncito) hizo contacto conmigo y me ofreció trabajar con él, bajo los términos que yo estableciera (y así lo hicimos por escrito), a fin de crear un conglomerado de empresas, en adición a la Intercontinental de Seguros y el Banco de Desarrollo Intercontinental, que ya existían. Acepté su oferta y de inmediato procedí a trabajar, como Vice-Presidente de Planificación Estratégica y Desarrollo, en los estudios de factibilidad, la formación del Banco Intercontinental (Baninter) y el Grupo Intercontinental (GI), así como las gestiones de aprobación y capitalización del Banco, bajo el entendido que yo tendría una participación accionaria en todas las empresas y en las actividades que se originaran bajo mi dirección y ejecución.

Una vez establecidas dichas empresas, me correspondió negociar con el grupo de compañías navieras Báez y Rannik, encabezado por Jaak Rannik, el intercambio de acciones que convertiría a Rannik en el propietario absoluto de dicho grupo y a los Báez (Don Ramón y Ramoncito) en los propietarios de las empresas del Grupo Intercontinental (GI). También transformé una financiera de primas que existía en el Grupo en una financiera empresarial bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos y promoví el desarrollo de sus actividades. Desde 1986 preparé todas las Memorias Anuales del Grupo y sus empresas afiliadas, una labor que ya había hecho en mis anteriores empleos y en la cual, en cierto sentido, me había especializado.

Como parte del proceso de expansión del GI y del Baninter, negociamos la adquisición de 11 sucursales del desaparecido Banco Universal, realicé los estudios de factibilidad para sucursales adicionales que fueron aprobadas y posteriormente logramos la adjudicación del Banco del Comercio, lo cual convirtió en ese momento al Baninter en la segunda institución financiera privada de mayor envergadura a nivel nacional.

Desde principios de los años 1990s me concentré también en la expansión del GI y, debido a una serie de contactos que logré cultivar en el extranjero, me fue posible organizar y crear 55 compañías distintas que sirvieron de base para constituir una red de tiendas libres de impuestos en los aeropuertos del país (Duty Free). El hecho de haberme trasladado a España y negociar una sociedad en ese negocio directamente con Aldeasa, S. A., la mayor operadora de tiendas de ese tipo en el mundo en ese entonces, imprimieron gran solidez e impulso a la empresa matriz de las tiendas, cuyo nombre sería Aldeasa Dominicana, S. A., compañía que constituí en la República Dominicana y de la cual teníamos una participación accionaria de un 51%, mientras Aldeasa, S. A. tenía el 49% restante. Para todas las gestiones legales, me asistí de la firma de abogados Troncoso y Cáceres y de Holland & Knight, en los Estados Unidos.

Durante ese período y como resultado de un encuentro casual con un empresario inglés en un hotel de Nueva York, logré establecer una sociedad con un grupo inglés que había obtenido los derechos de representación y distribución en los mercados de Rusia y Sudáfrica de los cigarrillos Marlboro, Bond Street y Apollo Soyuz, fabricados por Phillip Morris. Luego de varias negociaciones, en Londres y en Santo Domingo, formé en las Islas Vírgenes Británicas a Carrington Management Limited y otras empresas que requería esa estructura de negocios, dividiéndose el interés accionario en un 60% para nosotros y un 40% para los ingleses. Me tocó establecer toda la estructura operativa del negocio y dirigir las primeras compras mediante la apertura de las correspondientes cartas de crédito, cada una de ellas con los mecanismos de seguridad para evitar problemas de ejecución de sus términos. Lamentablemente, este negocio, el mejor de todos los que he podido desarrollar en mi vida, no pudo continuarse luego de 1998 por razones y acontecimientos que requerirían de un libro completo para exponerlos y discutirlos.

Así mismo, me fue posible negociar la representación y distribución de los productos Fuji en la República Dominicana, actividad que involucró el establecimiento de numerosas sucursales en el Distrito Nacional, la coordinación de todas las operaciones de la empresa y la sociedad con una empresa local del mismo ramo que tenía dificultades financieras y cuyas actividades sirvieron de base para el comienzo de la nueva empresa Fujifilm Dominicana, S. A.

A pesar de todo lo anterior y hacia finales de marzo del año 1998, ocurrieron situaciones e informaciones que produjeron serias diferencias entre el señor Báez Figueroa y yo, cuyos detalles  no es propio indicar aquí, de modo que de inmediato abandoné toda labor de dirección, operación, asesoramiento y desarrollo de nuevas empresas. Sin embargo, a pedido de Báez Figueroa, acepté ocuparme de unos casos legales que debían enfrentarse y que estaban relacionados con el negocio de los cigarrillos de Phillip Morris. Estos casos se ventilaron en Estados Unidos e Inglaterra.

Aun poco antes de que se presentaran las irreconciliables discrepancias entre Báez Figueroa y yo se produjeron, y posteriormente se intensificaron, acontecimientos y decisiones inadecuadas e irregulares que marcaron negativamente el curso de los negocios y los condujeron por senderos que los fueron deteriorando hasta que, al final, colapsaron, como es sabido por la sociedad dominicana, con excepción de las tiendas duty free en los aeropuertos dominicanos.

El señor Báez Figueroa se negó, en el momento en que pudo hacerlo, en 1998, a comprar mi participación accionaria en las compañías del Grupo, sobre todo la de dichas tiendas. En el momento de la quiebra del Baninter en 2003, me vi colocado en la situación de ser el único ejecutivo del Grupo y de sus empresas que no recibió sus prestaciones, las cuales tuve que negociar, casi tres años después, con la Superintendencia de Seguros, recibiendo solamente un 60% de la suma total que me correspondía.

Pasemos ahora al tema central que nos motiva a escribir el presente trabajo. Voy a presentar una cronología de los hechos que conformaron la pérdida de los derechos de Eddy Enrique Leyba sobre las acciones del grupo de tiendas duty free y los manejos que se hicieron para evitar que el Banco Central pudiera confiscar esos negocios antes, durante o después del apresamiento y condena de los señores Ramón Báez Figueroa y Luís Alvarez Renta. Todo lo que expondré en este escrito está debidamente avalado por las pruebas documentales correspondientes, las cuales reposan en mis archivos personales.

2. Constitución de Aldeasa Dominicana, S.A. y creación de las tiendas Duty Free

El 17 de junio de 1991 las compañías Sippany Holdings, Inc., una empresa que constituí en las Islas Vírgenes Británicas y Aldeasa, S. A., de España, suscribieron un Acuerdo de Intención, mediante el cual convinieron crear la compañía Aldeasa Dominicana, S.A., con el fin de explotar conjuntamente el negocio de tiendas duty free en los aeropuertos dominicanos (Anexo 1).

El propietario del 100% de las acciones de Sippany Holdings, Inc. es Searay Holdings, Inc., cuyas acciones, a su vez, pertenecen un 70% a Tapani Investments, Inc. y un 30% a Shomar Holdings, Inc. (Anexo 19). Los dueños de Tapani Investments, Inc. son los señores Ramón Báez Figueroa en un 60% y Ramón Báez Romano en un 40%, a quienes se emitió el Poder correspondiente (Anexo 20), mientras que el dueño de Shomar Holdings, Inc. es el señor Eddy Enrique Leyba.  El señor Leyba, como se dijo con anterioridad, tenía participación accionaria en todas las empresas que creó para el Grupo Intercontinental, presidido por Báez Figueroa, según lo acordado por ellos cuando fue contratado para esos fines. El porcentaje de participación en cada empresa se fue decidiendo a medida que el Grupo se expandía con los nuevos negocios creados por Leyba (Anexo 21).

En cumplimiento del Acuerdo de Intención con Aldeasa, S. A., el 12 de agosto de 1991 se constituyó en el país, a través de la oficina de abogados Troncoso & Cáceres, la empresa Aldeasa Dominicana, S. A., cuyos accionistas fundadores son los que se indican en la Certificación emitida por su Secretario, Lic. Jesús María Troncoso Ferrúa (Anexo 2).

El 30 de septiembre de 1991, Sippany Holdings, Inc. y Aldeasa, S. A., de España, suscribieron un nuevo Acuerdo para establecer la estructura general del negocio duty free.  Este acuerdo consignaba que el capital de Aldeasa Dominicana, S.A. sería fijado en RD$40.0 millones, del cual Sippany Holdings, Inc. sería propietario de un 51% y Aldeasa, S. A. tendría el restante 49% (Anexo 3).

Como resultado de este nuevo acuerdo, Aldeasa Dominicana, S. A. procedió, por medio de numerosas compañías dominicanas creadas por Leyba con  ese propósito, a suscribir con el Estado Dominicano y la Comisión Aeroportuaria los respectivos contratos de concesión para la operación de tiendas duty free en los aeropuertos y, al efecto, estableció una amplia estructura de las compañías que manejarían todo ese negocio.  (Anexo 4).  De este modo, Aldeasa Dominicana, S. A. pasó a controlar más del 70% de todas las tiendas duty free del país.

3. Rompimiento con Aldeasa, S. A., de España

El 30 de abril de 1996, debido a la disparidad de criterios entre los principales ejecutivos de Aldeasa, S. A., de España, y Báez Figueroa, sobre el control y administración de los negocios duty free, Aldeasa, S. A. decidió retirarse y vender a Sippany Holdings, Inc. su participación de un 49% en el capital de Aldeasa Dominicana, S. A., con lo cual Sippany Holdings, Inc. pasó a convertirse en el propietario absoluto (un 100%) de Aldeasa Dominicana, S. A. (Anexo 5).

El 14 de junio de 1996 se celebró una Asamblea Extraordinaria de Aldeasa Dominicana, S. A. para cambiar el nombre de la compañía y así cumplir con lo dispuesto en el contrato de venta de acciones suscrito entre Aldeasa, S. A., de España, y Sippany Holdings, Inc. El nuevo nombre sería Interdutyfree Dominicana, S. A. (Anexo 6 y nómina de accionistas).

Sin embargo, es de suma importancia señalar que, a pesar de que para todos los fines del negocio se usó en lo adelante el nombre Interdutyfree Dominicana, S.A., éste no pudo ser debidamente registrado en la Secretaría de Industria y Comercio porque ya se había registrado otro nombre comercial similar. Como las gestiones para el cambio de nombre de la compañía no fueron continuadas por Troncoso & Cáceres, contratada para ese fin,  el nombre real y legítimo continuó siendo Aldeasa Dominicana, S. A., aunque nunca más volvió a ser usado.

4. Luís Alvarez Renta traspasa las acciones 
del Grupo Aldeasa Dominicana a una
compañía llamada “Interduty Free Ltd.”

El 23 de marzo de 1998, a raíz de la diferencias surgidas entre los señores Eddy Enrique Leyba y Ramón Báez Figueroa, citadas con anterioridad, este último integró al señor Luis Alvarez Renta para reemplazar al señor Leyba en la dirección y monitoreo del desenvolvimiento financiero y operativo del Grupo Aldeasa Dominicana, S.A. (Interdutyfree Dominicana, S.A.) y para reestructurar la tenencia de acciones a conveniencia de Báez Figueroa.  

Alvarez Renta era bien conocido en el mundo dominicano de los negocios, sobre todo por hacer uso de las debilidades de las leyes para procurar, durante varios años, grandes ahorros impositivos a poderosos empresarios del país, con lo cual pudo tener un nivel de vida muy holgado.

Apenas cuatro (4) días después de haber sido incorporado al Grupo por Báez Figueroa, el 27 de marzo del 1998, Alvarez Renta solicitó por fax al señor Leyba que, “como resultado de instrucciones impartidas por Báez Figueroa”, enviara al Lic. Jesús Troncoso, de la firma de abogados Troncoso & Cáceres, los originales de las acciones de las empresas del Grupo Interdutyfree Dominicana, S.A. que reposaban en su poder, incluyendo las acciones Al Portador de cada tienda duty free, así como las de las compañías tenedoras de las acciones de dichas tiendas, ya que “tenemos el propósito de reestructurar legalmente la empresa y colocar todas estas acciones bajo una sola empresa sombrilla” (Anexo 7). De hecho, debe recordarse que todas las acciones ya estaban bajo la empresa sombrilla Sippany Holdings, Inc.

El fax de Luis Alvarez Renta está escrito en papel timbrado de InterDuty Free Dominicana, S.A. (Anexo 7), que es el mismo nombre que no pudo registrarse en Industria y Comercio y que se usó  desde 1996 hasta principios del 2003 para identificar a la compañía y a varias tiendas duty free ubicadas en los aeropuertos, en franca violación a lo dispuesto en el contrato de venta de acciones suscrito entre Sippany Holdings, Inc. y Aldeasa, S. A., pues ese nombre no pudo ser registrado para ser usado legalmente.  Sin embargo, Alvarez Renta y Báez Figueroa, obtuvieron y depositaron en un Tribunal, certificaciones de Registro Mercantil y de la Dirección General de Impuestos Internos que señalan que en sus registros no figura el nombre comercial Interduty Free Dominicana, S. A. (lo cual era lógico, porque nunca llegó a registrarse), nombre que ellos usaron durante varios años.

En razón de que al señor Leyba le pareció improcedente que no se le diera participación en la reestructuración aludida por Alvarez Renta, sobre todo por haber sido él quien constituyó todas esas empresas y en las cuales poseía un porcentaje importante de sus acciones, al remitir en fecha 30 de abril de 1998 al Lic. Jesús Troncoso la documentación solicitada por Alvarez Renta le advirtió lo siguiente: “cuando se reestructure legalmente a Interdutyfree Dominicana, S.A. y se coloquen las acciones bajo una sola empresa sombrilla, tal como señala el Sr. Alvarez Renta en su carta, para las acciones de las compañías propietarias de las tiendas libres de impuestos, la empresa sombrilla deberá ser Interdutyfree Dominicana, S. A. y las acciones de esta última deberán pertenecer a Sippany Holdings Inc., propietaria real de las acciones del Grupo”.  Y también: “Las acciones de empresas extranjeras relacionadas con Ultra Export Corporation …, son acciones Al Portador.  Las que pertenecen al Sr. Báez Figueroa fueron entregadas a él hace un tiempo y se encuentran depositadas en una caja de seguridad del BANINTER.  Las que pertenecen a quien suscribe reposan, con el conocimiento del Sr. Báez Figueroa, en mi poder” (Anexo 8).

A finales de marzo de 1998, anticipándose al envío de la documentación solicitada y contrariamente a lo recomendado por Leyba verbalmente y por escrito, el señor Luis Alvarez Renta instruyó al Lic. Jesús Troncoso para que gestionara, a través de Arias Fabrega & Fabrega Trust Co. BVI Ltd., la constitución de una compañía denominada Interduty Free Ltd. en las Islas Vírgenes Británicas, lo cual fue cumplido por Troncoso a principios de abril del 1998 (Anexo 9).

Como se demostrará más adelante, Alvarez Renta procedió a transferir de manera irregular, sin haber convocado a los accionistas de Sippany Holdings, Inc., las acciones de Aldeasa Dominicana, S.A. (Interdutyfree Dominicana, S.A.) a la empresa recién formada Interduty Free Ltd. (nombre similar a Interduty Free Dominicana, S. A.).   Con esto se dejó fuera a Sippany Holdings, Inc. y, por tanto, a Searay Holdings, Inc. y a los dueños de esta última, Tapani Investments, Inc. y Shomar Holdings, Inc.  De esa manera, mediante un procedimiento irregular, Alvarez Renta despojó a Sippany Holdings de sus derechos sobre las tiendas duty free en el país y en el extranjero, valoradas en ese entonces en US$80 millones.

5. Traspaso de Interduty Free Ltd. a Bankinvest, S. A. 
y de ésta a Sippany Holdings, Inc.

El 21 de septiembre de 2000, mediante memorando de Alvarez Renta a Báez Figueroa, el primero indicó haber traspasado a Bankinvest, S.A. (una compañía de Alvarez Renta), en coordinación con el señor Marcos Báez Cocco, Vicepresidente de Operaciones del Baninter, la totalidad de las deudas de Interduty Free Ltd. con Baninter (unos US$30 millones), incluyendo los sobregiros existentes a esa fecha.  En una especie de artificio contable, dicha deuda fue contabilizada como aumento de capital de Interduty Free Ltd. y borrada de los libros del Baninter. Mediante este mismo Memorando, Alvarez Renta solicitó que el monto de los activos intangibles de Interduty Free Ltd. se aumentaran en unos US$20.0 millones (con fondos del Baninter y no con capital fresco) “para que sus estados presentaran una mejor posición financiera(Anexo 10, extraído del Escrito Exposición de las Pruebas sometido al Juez de la Cámara de Calificación por los abogados del Banco Central).

Debo observar que en todos esos años, Alvarez Renta actuó como subordinado de Báez Figueroa y era, en cierto modo, su ejecutivo principal en el Grupo Intercontinental. Por eso daba instrucciones, escribía memorandos, recomendaba iniciativas y acciones y seguía las directrices de su superior inmediato, Báez Figueroa.

Alvarez Renta indicó en citado Memorando que, cumpliendo con las instrucciones de Báez Figueroa, traspasaría las acciones de Bankinvest, S. A. a una empresa off-shore, la cual sería constituida por Holland & Knight, de Miami, Florida, E.U.A. (Ver Punto 3 del Memorando).  Holland & Knight no llegó a constituir la empresa off-shore, sino que se usó a Sippany Holdings, Inc. para realizar esa transferencia de acciones.

En efecto, el 13 de agosto de 2001 (en una de las tantas transacciones de acciones entre Báez Figueroa y Alvarez Renta durante el período 2001-2003), la empresa Dominican Enterprises, Inc. (representada por Alvarez Renta y propietaria del 100% de Bankinvest, S.A.) vendió a Sippany Holdings, Inc. (representada por Báez Figueroa) las 1,000 acciones en circulación de Bankinvest, S.A. por un monto de US$2.5 millones, suma que nunca se pagó en efectivo, sino que supuestamente recibió Dominican Enterprises (Alvarez Renta) en forma de una “cesión de los derechos” del denominado Contrato Ferreti. O, lo que es igual, Alvarez Renta “recibió” el Yate Ferretti, de 94 pies, fabricado por Allied Richard Bertram, de Marine Group (Anexo 11).

Al tiempo que ese Contrato excluía de la negociación todos los balances de efectivo a nombre de Bankinvest, S. A., señalaba expresamente que “los únicos activos propiedad de Bankinvest, S.A. a la fecha de suscripción del mismo son las acciones de Interduty Free Ltd. (Ver Punto 3, Anexo 11), lo cual significa:  (a)  que Bankinvest, S. A. era la dueña de Interduty Free Ltd. (Ver Pag. 2 de la Declaración de Alvarez Renta ante la Corte del Distrito de Florida (Anexo 11); y (b)  que, con esta compra, Báez Figueroa pasó a controlar, por medio de Sippany Holdings, Inc., las acciones de Interduty Free Ltd. y, por ende, las tiendas duty free en República Dominicana, cuyas deudas fueron totalmente borradas de los libros del Baninter, según la Autoridad Monetaria y según vimos en el primer párrafo de este Punto 5.

El control de Sippany Holdings, Inc. por parte de Báez Figueroa y el aparente papel de subordinado de Alvarez Renta se evidencia el 30 de abril de 2002 y el 18 de  marzo de 2003, cuando Alvarez Renta representó a Sippany Holdings, Inc. (la compañía de Báez Figueroa) y efectuó pagos por RD$7.0 millones al señor Angel Antonio García Berroa a nombre de Báez Figueroa para la compra del 20% de las acciones de García Berroa en el Proyecto Turístico “Jovero Beach Resort” (Anexo 22).

6. Crisis del Baninter y traspaso apresurado de acciones 
para hacer posible la venta de la red de tiendas Duty Free
a Aldeasa, S. A., de España.
Firma de nuevos contratos de concesión.

El 13 de febrero de 2003, en medio de las negociaciones de fusión del Baninter con el Banco del Progreso y de todos los manejos fraudulentos internos para borrar deudas y cerrar cuentas del Baninter, Alvarez Renta constituyó la empresa Anoe LLC Ltd., la registró en el país y obtuvo rápidamente, gracias a su amistad con el ex Presidente Hipólito Mejía, la emisión de un Decreto, fechado 26 de marzo del 2003, que autorizó a la compañía Anoe LLC Ltd. a fijar domicilio en el país (Anexo 12).

El 21 de marzo de 2003 Alvarez Renta suscribió con AERODOM, a nombre de Anoe LLC Ltd., nuevos contratos de concesión exclusiva por 25 años para las tiendas duty free en los aeropuertos de Las Américas, Puerto Plata y Cibao, sacando así de circulación a las empresas que habían actuado como concesionarias de las tiendas duty free y a Aldeasa Dominicana, S.A. (Interdutyfree Dominicana, S.A.).  En razón de que Aldeasa Dominicana, S.A. (Interdutyfree Dominicana, S.A.) mantenía tiendas duty free en los aeropuertos de La Romana y de Punta Cana, Alvarez Renta, usando a Anoe LLC Ltd, firmó contratos similares de exclusividad por 25 años con Airport Management Services Ltd. (Aeropuerto Internacional de La Romana), el 20 de marzo de 2003, y con Air Traffic Management Services, S.A. (Aeropuerto Internacional de Punta Cana), el 25 de marzo del 2003 (Anexo 13). Desconozco bajo cuáles criterios legales AERODOM, Airport Management Services Ltd y Air Traffic Management Services, S. A. aceptaron la eliminación pura y simple de Aldeasa Dominicana, S.A. y sus empresas concesionarias y las sustituyeron por Anoe LLC Ltd.


7. Intento de venta de la red de Tiendas Duty Free
a Aldeasa, S. A.

El 28 de marzo de 2003 (a sólo 35 días de haber constituido a Anoe LLC, Ltd. y a menos de una semana luego de firmar los contratos de concesión de las tiendas) Alvarez Renta y José Fernández Olano, ejecutivo de Aldeasa, S.A., de España, suscribieron un acuerdo de intención de compraventa, en el cual intervinieron Interduty Free Ltd., como vendedora, y Ciro Holdings, S. A., como compradora (esta última como empresa afiliada a Aldeasa, S. A.), a través del cual la primera vendía a la segunda el 55% de todos los activos y pasivos necesarios para la explotación comercial de las tiendas duty free de los aeropuertos de Las Américas, Puerto Plata, La Romana, Punta Cana y Cibao, por la suma de US$33.0 millones. Según las propias declaraciones de Alvarez Renta, sus negociaciones con Aldeasa, S.A., de España, se habían iniciado muchos meses antes de constituir a Anoe LLC, Ltd. (Anexo 14 y los Nos. 38 y 39 de la Tabla LAR, Relación con los hechos fraudulentos, depositado en los tribunales por el Banco Central).

De ese Contrato y sus anexos, se extraen las siguientes informaciones: (a) Que Interduty Free Ltd no tenía ningún pasivo, encontrándose su balance en cero, por haberse borrado previamente sus deudas con Baninter (Anexo 5 del Contrato); (b) Que el 13 de febrero de 2003 se constituyó la sociedad Anoe LLC Ltd., en Delaware, E.U.A., cuyo único socio (accionista) lo era Interduty  Free  Ltd.  (Anexo 6 del Contrato).  (Recuerde el lector que Sippany Holdings,  Inc., representado por Ramón Báez Figueroa, había comprado las acciones de Bankinvest, S. A., que era la dueña de las acciones de Interduty Free Ltd., según indiqué en el tercer párrafo del Punto 5); (c) Que en lo adelante, los derechos de Anoe LLC Ltd. tendrían un valor de US$60.0 millones (Página 3 del Contrato);  (d)   Que Interduty Free, Ltd. cedería a Ciro Holdings, S. A. el 55% de sus derechos en Anoe LLC Ltd. (Página 4 del Contrato) por la suma de US$33.0 millones (Página 7 del Contrato); (e) Que se estableció un procedimiento mediante el cual la compradora podía llegar a adquirir el 100% de las propiedades cedidas; y (f) Que Anoe LLC estaría  representada  por un consejo de administración integrado, de un lado, por Ciro Holdings, S.A. (representada por José Fernandez Olano y Miguel Calvillo Urabayen) y de otro lado por Báez Figueroa y Alvarez Renta (Página 35 del Contrato). La presencia de Báez Figueroa como representante de Anoe LLC Ltd. y como dueño de Interduty Free Ltd. (mediante la compra de Bankinvest, S.A. el 13-08-01) en dicho Consejo, evidencian su papel de propietario real oculto de Anoe LLC Ltd. y el aparente papel de testaferro o socio desempeñado por Alvarez Renta.

La conclusión de que Alvarez Renta fue aparentemente un testaferro o socio de Báez Figueroa cobra mayor fuerza por sus propias declaraciones ante el Juez Eduardo Sánchez Ortiz, en el interrogatorio que se le hizo el 23-06-03, cuando dijo: El Sr. Báez Figueroa se comprometió a pagarme una compensación importante el día que se vendieran las compañías de zona franca, una vez fueran saneadas (Anexo 15)

“Saneadas” parece significar, según las declaraciones de Alvarez Renta en medios de comunicación, el haber estructurado que se borraran contablemente (sin intervenir ningún pago real) todas las deudas de Interduty Free Ltd. con Baninter y el haber eliminado de su contabilidad todas sus obligaciones y contingencias, así como traspasar a Anoe LLC su activo más importante: los derechos de concesión de las tiendas duty free (Ver el primer y tercer párrafo del Punto 5 de este escrito).

Esta operación tuvo el propósito aparente de ceder los derechos de operación de las tiendas duty free a un tercero que compraba de buena fe, recibiéndose en contrapartida US$33 millones y la subsiguiente distribución del dinero entre Báez Figueroa y Alvarez Renta, quienes usaron a Anoe LLC Ltd. para hacer posible la venta.  Esta operación no se materializó por la intervención oportuna de la Autoridad Monetaria para proteger los intereses del Estado en lo concerniente a la quiebra del Baninter y a la recuperación o realización de sus activos, de modo que Aldeasa, S.A, de España, desistió definitivamente de la operación al comprobar que le habían ocultado informaciones importantes.

Alvarez Renta, en una querella que instrumentó contra miembros de la Autoridad Monetaria (José Lois Malkún, Frank Marino Hernández, Arturo Villanueva y Manuel García Arévalo), señaló que hasta febrero de 2003, la propiedad de numerosos establecimientos y tiendas duty free localizadas en varios aeropuertos del país fue de Interduty Free Ltd., fecha en que sus acciones fueron cedidas a Anoe LLC Ltd. (Ver Anexo 16 y Pags. 11 y 12 de la Querella de Alvarez Renta).   De lo anterior es muy fácil deducir que si Interduty Free Ltd. pasó a ser propiedad de Sippany Holdings, Inc. el 13 de agosto del 2001 (Ver tercer párrafo del Punto 5 de este escrito)  y si Interduty Free Ltd. se transfirió a Anoe LLC, Ltd., entonces Sippany Holdings, Inc. debió ser la dueña de Anoe LLC, Ltd. y ser realmente la vendedora oculta de las acciones de Interduty Free Ltd.  Probablemente a eso se debe la declaración de Alvarez Renta al juez de instrucción  que se señala en el tercer párrafo de este Punto 7.

Sin embargo, ¿Cómo es posible que las acciones de Interduty Free Ltd. pudieran ser traspasadas a Anoe LLC, Ltd. (como señala Alvarez Renta en su Querella), si en el contrato que se firmaría con Ciro Holdings, Inc. (afiliada de Aldeasa, S. A.), se establece que Interduty Free Ltd. es la dueña de Anoe LLC, Ltd.? (Párrafos 1 y 2 de este Punto 7).

Lo que acabo de indicar, complementado con declaraciones para medios de comunicación y testimonios ante el Juez de Instrucción, muestra que Alvarez Renta y Báez Figueroa hicieron todos los manejos que consideraron de lugar para desviar y esconder de la Autoridad Monetaria y de Eddy Enrique Leyba la propiedad real de las acciones de Aldeasa Dominicana, S.A. (Interdutyfree Dominicana, S. A.) y se manipularon las transferencias de las acciones de Dominican Enterprises, Inc., Bankinvest, S.A., Interduty Free, Ltd, Sippany Holdings, Inc. y Anoe LLC para tratar de lograr esos propósitos.   Alvarez Renta y Báez Figueroa  aprovecharon el hecho de que las acciones de las empresas constituidas y manejadas en el exterior por Alvarez Renta eran Al Portador, para hacer los traspasos de las mismas sin ningún tipo de procedimiento administrativo, ni de convocatorias, y concluir la venta a Aldeasa, S.A., usando una empresa nueva (Anoe LLC Ltd.), sin  pasivos,  sin problemas  legales y con contratos de exclusividad por 25 años. Sin  embargo,  al proceder así, Báez Figueroa y Alvarez Renta entiendo que habrían violado disposiciones relativas a la transferencia de acciones nominativas y al portador y al enajenamiento de activos para beneficio personal, así como normas legales dominicanas, de los Estados Unidos y de B.V.I.

Ante la posibilidad de que el Banco Central incautara las tiendas duty free y temeroso de perder mis derechos sobre ese negocio, el 13 de mayo del 2003 dirigí una carta al entonces Gobernador del Banco Central, José Lois Malkún, informándole de mi participación accionaria de un 30% en la empresa matriz de las tiendas duty free y le hice un recuento de su constitución y desarrollo (Anexo 18). Sin embargo, nunca recibí respuesta de Lois Malkún, ni el Banco Central pareció mostrar interés en investigar lo que expuse en mi carta o en llamarme para conversar conmigo.

En Junio del 2004, en el Programa “El Día”, de Telesistema, Canal 11, el abogado de Alvarez Renta, Dr. Angel Delgado Malagón, contestando la pregunta de Huchi Lora de si Interduty Free y el grupo de empresas vinculadas con Interduty Free eran de Alvarez Renta o de Ramoncito (Báez Figueroa), declaró lo siguiente: “No, yo te he explicado muchas veces que Ramoncito vendió las empresas a Luis Alvarez Renta, como parte del acuerdo que había con Aldeasa, para que fuera adquirida por esa empresa española” (Ver Pag. 4 del Anexo 17).  En otras palabras, como parte de un acuerdo a todas luces irregular.

No hay que ser muy  inteligente para concluir que lo anterior significa que, en razón de que Aldeasa, S. A. era una empresa pública y supervisada y había tenido serias diferencias con Báez Figueroa en 1996 (lo cual constaba por escrito en los archivos de dicha compañía -Ver el primer párrafo del Punto 3 de este Escrito), Aldeasa, S. A., que siempre mantuvo su interés en la red de tiendas duty free de la República Dominicana, requiriese que el señor Báez Figueroa no figurara en la transacción, aunque finalmente accedió a que fuera parte del Consejo de Administración de Anoe LLC Ltd., según el contrato de compra que firmaría con Alvarez Renta (Ver segundo párrafo de este Punto 7).  De ahí que Alvarez Renta y Báez Figueroa convinieran el “traspaso” de Interduty Free Ltd. a Anoe LLC Ltd., con lo cual también tuvieron la ventaja de evitar finalmente la incautación de la misma bajo la Ley de Lavado de Activos, como había ocurrido con otras empresas de Báez Figueroa y según se verá en el próximo Punto de este escrito.

8. Negociaciones de Alvarez Renta con AERODOM,
al fracasar su intento de venta a Aldeasa, S.A., de España

Al no poder concluir la venta de las tiendas a Aldeasa, S. A.,  de España, debido a la oportuna intervención de la Autoridad Monetaria,  Báez Figueroa y Alvarez Renta, buscaron algún mecanismo que les permitiera venderlas y recibir los millones de dólares por esa transacción.  Parece que encontraron la vía para hacerlo en la propia redacción de los nuevos contratos de concesión suscritos con AERODOM, ya que, en noviembre del 2005, el Dr. Carlos Salcedo, en declaraciones al programa de radio “El Gobierno de la Mañana”, señaló que tenía en su poder una copia de un contrato suscrito por Luis Alvarez Renta con AERODOM, mediante el cual el primero había llegado a un acuerdo para vender a la segunda las tiendas duty free en los aeropuertos de la República Dominicana por la suma de US$45 millones.

En una especie de aceptación de lo anterior y para responder al Dr. Salcedo, el 23 de noviembre del 2005, también a través del programa “El Gobierno de la Mañana”, de la emisora de radio Z-101, Alvarez Renta, confirmó lo expuesto ante el Juez de Instrucción (señalado en el tercer párrafo del Punto 7 de este escrito) e indicó, entre otras cosas, lo siguiente:   (a) que a solicitud del señor Ramón Báez Figueroa se pasó cuatro (4) años convirtiendo a Interdutyfree en una empresa rentable; (b) que a principios del año 2003, a raíz de los problemas del Baninter, él (Alvarez Renta) le compró esa empresa a Báez Figueroa, quedándole a deber una importante suma de dinero que todavía no ha sido pagada (???????); (c) que llegó a un acuerdo con AERODOM, mediante el cual recibió la suma de US$5.0 millones; y (d) que actualmente está evaluando la oferta de compra de 2 compañías extranjeras para vender las acciones de Anoe LLC, Ltd., supuesta propietaria de Interduty Free Ltd. (Ver el sexto párrafo del Punto 7 de este Escrito).

Esas declaraciones de Alvarez Renta demuestran, una vez más, la manipulación de las acciones que Sippany Holdings, Inc. poseía en Interduty Free Dominicana, S. A. con aparente intención de defraudar al Estado Dominicano y a Leyba, ya que, si en su querella del 14 de mayo del 2004 (Ver sexto párrafo del Punto 7 de este escrito), Alvarez Renta señala que en febrero del 2003 traspasó las acciones de Interduty Free Ltd. a Anoe LLC Ltd., vale repetir ¿Cómo pudo hacerlo si el contrato de posible venta a Aldeasa, S. A. establece que el único accionista de Anoe LLC Ltd. es Interduty Free Ltd.?  Eso es imposible.  Así se evidencia que Interduty Free Ltd. fue vendida y comprada varias veces por Alvarez Renta y Báez Figueroa, según la conveniencia del momento.

El 18 de febrero del 2006, en los últimos minutos de su programa de televisión “La Respuesta”, el Dr. Marino Vinicio Castillo señaló que Luis Alvarez Renta vendió las tiendas duty free a AERODOM, confirmando así lo expresado por el Dr. Carlos Salcedo cuando éste dijo que tenía en su poder el contrato que Alvarez Renta había firmado con AERODOM vendiendo las tiendas por US$27.5 millones.  Lo anterior es compatible con el hecho de que dichas tiendas cambiaron su nombre a Dufry, como resultado de un acuerdo de operación por US$42.5 millones de AERODOM con el Grupo Dufry, de Suiza, que es el cuarto mayor operador de tiendas duty free en el mundo.

La confirmación de la venta de las tiendas duty free a AERODOM por parte de Alvarez Renta, como aparente subordinado, testaferro o socio de Báez Figueroa, se produjo cuando AERODOM dio en monopolio a la multinacional Dufry la titularidad y disposición absoluta de todos los derechos de operación, explotación económica y administración de los servicios de tiendas de zona franca en los aeropuertos internacionales de Las Américas y Puerto Plata por un período de 25 años, mediante contrato de fecha 27 de julio de 2005, el cual fue formalizado por AERODOM con una compañía de carpeta comprada para esos fines por el Grupo Dufry denominada Inversiones Tunc, S. A. que tenía la garantía de Dufry Holdings AG, de Suiza, ambas representadas en el referido contrato por el señor Julián Díaz, Chief Executive Officer de Dufry (Anexo 24).

Mediante la cláusula quinta del contrato de exclusividad o monopolio suscrito el 27 de julio de 2005 por AERODOM  con Inversiones Tunc, S. A., del Grupo Dufry, la primera se obligó con la segunda a obtener la desocupación efectiva de todas las tiendas de zona franca que habían sido cedidas en concesión a los miembros de la Asociación de Tiendas de Zona Franca, Inc.

Lo anterior puede confirmarse en la página 139 del informe anual del Grupo Dufry correspondiente al año 2011, del cual me permito traducir lo siguiente: “Inversiones Tunc, S.A. opera tiendas en varios aeropuertos de la República Dominicana bajo acuerdos de concesión suscritos con AERODOM. De conformidad con estos acuerdos, Inversiones Tunc, S. A. realiza pagos mensuales a AERODOM por el derecho a usar las áreas comerciales que le rentó AERODOM a Inversiones Tunc, S. A.” Así mismo, el informe expresa que “en el año 2011 las ventas totales en dichas áreas comerciales ascendió a 5.1 millones de francos suizos (CHF1.00 = US$1.0096) y a 4.5 millones de francos suizos en el 2010”.

Participación Ciudadana publicó el texto íntegro de la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado de Primera Instancia con respecto al caso Baninter. En la página 115 de dicho documento figura como marcado #78 y Prueba de Descargo No. 141, en los medios de prueba sometidos por Alvarez Renta el siguiente documento: “Contrato de Sub-Concesión entre Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. e Inversiones Tunc, S. A., Dufry Holding AG en fecha 27 de julio del 2005”.

El  21  de  diciembre  del  2006,  Alvarez  Renta  fue  entrevistado en el programa de televisión “Hoy Mismo”, de Color Visión, Canal 9, en el cual afirmó, en contradicción con lo indicado en el
Segundo Párrafo de este Punto 7, que él no compró las tiendas , sino que Báez Figueroa se las cedió a cambio de depósitos por unos US$40 millones que tenía en el Baninter al momento de ocurrir la crisis de esa institución bancaria a principios del año 2003 y que entonces procedió a venderlas a AERODOM por la suma de US$27.5 millones, de los cuales recibió US$7.5 millones y que tiene perdido el resto del dinero.  Es obvio que, en cada ocasión Alvarez Renta acomodaba su versión dependiendo de las circunstancias del momento.

El Grupo Dufry, entidad internacional que sigue manejando las tiendas duty free mediante el contrato con AERODOM muestra, en su sitio de Internet, que  tiene tiendas duty free en los aeropuertos de la República Dominicana.  Dicho Grupo, que fue fundado en 1865, es el principal distribuidor mundial de productos duty free, con ventas de más de US$2,600 millones de dólares y actualmente opera 1,224 tiendas en 44 países en 4 continentes (119 en Europa, 84 en Asia, 664 en América del Norte, 71 en América del Sur, 234 en América Central y el Caribe, y 52 en Africa).  Sus principales operaciones están en Tunisia, Italia, México, Francia, Rusia, los Emiratos Arabes, Singapur, el Caribe y los Estados Unidos.  La compañía tiene una presencia importante en aeropuertos, barcos cruceros, muelles turísticos y estaciones de ferrocarriles; vende perfumes, cosméticos, bebidas alcohólicas, cigarrillos  y tabacos.  Su oficina principal se encuentra en Basilea, Suiza, y tiene 13,800 empleados a nivel mundial.  El Grupo Dufry era parte del Grupo Weitnauer, de Suiza, pero fue adquirido a principios del 2004 por Advent Internacional (empresa privada generadora de inversiones), por el Grupo Areas, S.A., de España, y por otros co-inversionistas que participaron en la transacción.

9. Conclusión

Este Escrito evidencia las irregularidades perpetradas en 1998 para despojar a Sippany Holdings, Inc., de su activo principal: las tiendas duty free radicadas en el país y valoradas en US$80 millones y posteriormente vendidas por Alvarez Renta en US$45 millones a AERODOM.    De esa manera, también se distrajo, con aparente premeditación, al señor Eddy Enrique Leyba, su propiedad de un 30% de las acciones de Sippany Holdings, Inc., verdadera propietaria de las acciones de Interduty Free Dominicana, S. A. (Aldeasa Dominicana, S. A.) y de las tiendas duty free en la República Dominicana y en el extranjero.  Así mismo, se logró evitar que el Estado Dominicano pudiera recuperar una parte de las pérdidas que significó la quiebra del Baninter, al privar al Banco Central de la República Dominicana del 70% que le correspondía de las acciones de Interduty Free Dominicana, ya que ésta era, realmente, una empresa propiedad de Báez Figueroa por medio de Sippany Holdings, Inc. y no de Alvarez Renta (Anexo 18), a menos que, en el arreglo al cual llegó el Banco Central con Báez Figueroa para que éste lograra su libertad en 2014, Báez Figueroa haya devuelto los fondos de la venta de las tiendas duty free, con lo cual sólo Eddy Enrique Leyba sería el perjudicado.

Este Escrito también prueba que los numerosos e irregulares traspasos de las acciones, primero a Interduty Free Ltd. y luego a Bankinvest, S. A., a Sippany Holdings, Inc., a Interduty Free Ltd. y a Anoe LLC, a principios del año 2003, se hicieron como parte de los manejos apresurados de última hora por los problemas del Baninter, a fin de evitar la incautación de las empresas por parte de las autoridades y de hacer posible que la venta de las acciones a un comprador interesado de buena fe como Aldeasa, S. A., de España, fuese lo más lucrativa posible para Anoe LLC y sus aparentes socios, Ramón Báez Figueroa y Luís Alvarez Renta.

Al no lograrse la venta a Aldeasa, S. A., de España, Báez Figueroa y Alvarez Renta buscaron ansiosamente cómo vender las tiendas a un tercero.  Finalmente pudieron hacerlo mediante un arreglo con AERODOM, cuyos detalles ya se conocen en su totalidad y se han hecho públicos.

AERODOM llegó a un acuerdo de exclusividad con el GRUPO DUFRY, el consorcio más importante del mundo en cuanto a tiendas duty free.  Para la firma del contrato de concesión, en fecha 27 de julio del 2005, el Grupo Dufry utilizó una compañía de carpeta llamada Inversiones Tunc, S. A.

Así concluyó uno de los episodios más oscuros para la justicia dominicana, evidenciando, nueva vez, cómo gente inescrupulosa y perversa logra burlar las disposiciones legales y procedimientos jurídicos del país para su propio beneficio y en perjuicio de otras personas y de todo un pueblo.

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